Para calificar como candidato a grado, diploma o certificado en la Universidad de Puerto Rico un estudiante ha de cumplir con los siguientes requisitos:
- Un índice académico mínimo general de 2.00 y un índice académico mínimo de concentración del programa que haya elegido.
- Aprobar en la Universidad de Puerto Rico los últimos 28 créditos requeridos para el grado, diploma o certificado, entendiéndose que tales créditos son los requeridos en la fase final de tales estudios. (Cert. 83, 2002-03, Senado Académico)
- Aprobar los estudios propios del grado, diploma o certificado dentro de los límites máximos de tiempo que estipula la regla general: en los programas de dos años, en un plazo máximo de tres años y en los programas de cuatro años en un plazo máximo de seis años. Si el estudiante se excediera de estos límites, la Universidad podrá requerirle la repetición de aquellos cursos que, en opinión del Decano Académico, juzgue necesario. En dicho caso, el estudiante deberá obtener autorización escrita en duplicado del Director de Departamento y del Decano Académico, así como la lista de cursos que ha de repetir.
- Satisfacer toda obligación de índole pecuniaria con la Universidad.
- Solicitar formalmente el grado, diploma o certificado, presentando la correspondiente solicitud al Registrador en las fechas establecidas en el calendario académico del semestre en que haya de completar sus requisitos académicos.
- Haber sido recomendado para el grado, diploma o certificado a que aspira por la facultad y departamento correspondiente.
- Asistir a los Ejercicios de Graduación, a menos que haya sido excusado por el director del departamento correspondiente y el Decano de Estudiantes.
La Universidad de Puerto Rico se reserva el derecho de efectuar cambios en los diferentes programas y en los requisitos de currículo vigentes a su ingreso. Los estudiantes que no cumplan con los requisitos de sus programas de graduación dentro de los plazos fijados y los estudiantes que reanudan estudios tras un período de ausencia se regirán por las disposiciones aplicables a la clase en que se gradúan.
Todo estudiante deberá solicitar graduación al finalizar sus estudios. Se inactivará una vez complete los requisitos de su programa de estudios, en consonancia con la Certificación 85, 2005-06 de la Junta de Síndicos.