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Los estudiantes de la Universidad de Puerto Rico en Cayey se agrupan en las siguientes categorías:

Ha cumplido los requisitos de ingreso, es candidato a grado, diploma o certificado y sigue un programa regular con un mínimo de 12 créditos por semestre o está matriculado en el curso de práctica docente (Cert. 54, 2002-03, Senado Académico).

Ha cumplido con los requisitos de ingreso, es candidato a grado, diploma o certificado y sigue un programa de menos de 12 créditos por semestre.

Puede asistir a clases, previo permiso del director del departamento y del Registrador, pero no recibe calificación oficial ni crédito por el trabajo realizado en los cursos. Debe cumplir con el pago de las cuotas correspondientes (Cert. 70, 2004-05, Junta de Síndicos).

Procede de otra institución universitaria acreditada y solicita tomar cursos con la intención de trasladar los créditos a su institución de origen. Su admisión será determinada por el espacio disponible en los cursos solicitados..

El personal docente y administrativo de la Universidad de Puerto Rico puede matricularse en las unidades del Sistema. El personal docente puede matricularse en un máximo de seis horas-créditos por semestre. Podrán autorizarse hasta ocho (8) créditos en los casos en que cursen dos asignaturas cuyo valor exceda el máximo de seis (6) créditos. El personal docente y el personal exento no docente con tarea completa podrá matricularse en las asignaturas y créditos que fueron autorizadas por sus respectivos supervisores o directores. El tiempo que dedique al estudio durante las horas regulares de trabajo será repuesto con cargo a las vacaciones o a las horas extras acumuladas. El personal clasificado de la UPR en Cayey puede matricularse en un máximo de 12 horas créditos por semestre, tres de las cuales podrán llevarse durante horas laborables. Deberá solicitar la autorización previa del Rector y reponer tiempo con cargo a vacaciones o a horas acumuladas. Estará exento del pago por los cursos y sólo pagará las cuotas de matrícula.

Sesión Diurna o Regular

El programa académico diurno consiste regularmente de un grupo de asignaturas con valor máximo de 16 a 18 créditos por semestre, pero puede aumentarse o disminuirse en casos particulares, como el de los estudiantes de honor, mediando la autorización del director del departamento y del Registrador, sin que en caso alguno exceda de 21 créditos por semestre. El total de créditos por semestre se determina según el promedio del estudiante, como se indica a continuación:

Menos de 2.00 12 créditos
de 2.00 a 2.49 16 créditos
de 2.50 a 2.99 18 créditos
de 3.00 en adelante 20 créditos

Estudiantes con matrícula probatoria no podrán llevar más de 12 créditos por semestre. Deberán cumplir con las condiciones de la probatoria determinadas por el comité de aprovechamiento académico.

Sesión Sabatina

Estudiantes del programa sabatino, son mayormente, maestros, empleados de la Universidad y de otras empresas públicas o privadas que mediante este programa pueden adelantar sus estudios.

Sesión de Verano

Se considera estudiante regular en verano a toda persona matriculada en cuatro (4) créditos. La carga académica regular durante el verano no excederá los siete (7) créditos. Estudiantes con matrícula de honor y candidatos a graduación en verano podrán cursar hasta un máximo de 10 créditos. La misma regla rige a estudiantes autorizados a tomar cursos de verano en otras universidades y sus programas deberán ser aprobados por el Director del Departamento, el Decano Académico y el Registrador. No se aceptan cursos aprobados fuera de la Universidad de Puerto Rico con una calificación de D.